¿Qué son y cómo se calculan las Retenciones en la Fuente?

Retenciones en la Fuente

Cálculo desde el VALOR A PAGAR por la Factura

Cálculo desde los SUB TOTALES DE LA FACTURA

Cálculo desde el TOTAL DE LA FACTURA

Valor del pago

Subtotal de la Factura

Porcentaje IVA

Total

Porcentaje de Retención IVA

Porcentaje de Retención Impuesto a la Renta

Total Retenciones

Valor a Pagar

Valor de la factura

Subtotal de la Factura

Porcentaje IVA

Total

Porcentaje de Retención IVA

Porcentaje de Retención Impuesto a la Renta

Total Retenciones

Valor Pagado

Cálculo desde TOTAL DE LA FACTURA

Sub Total 0%

Sub Total 12%

Porcentaje IVA

Total Factura

Retención IR

Retención IVA

Total Retención

VALOR A PAGAR

Las Retenciones en la Fuente son un mecanismo por el cual un proveedor de bienes o servicios paga al SRI sus impuestos de manera anticipada, al momento de efectuar una venta por medio de su factura o de recibir el pago por ella.

 

Precisamente se denominan Retenciones en la Fuente, porque en vez de que el proveedor reciba su pago completo, el cliente le “retiene en la fuente” una parte, como pago anticipado a los impuestos del proveedor. Luego, dentro de su declaración de impuestos, el cliente incluye los valores retenidos a sus proveedores, quienes no los pagan directamente al SRI sino a través de la declaración de su cliente.

 

Al no recibir su pago completo, el proveedor recibe un “Comprobante de Retención” debidamente autorizado por el SRI, como constancia del valor que le fue retenido, para ser considerado como anticipo a sus impuestos. Estos comprobantes deben ser entregados por el cliente en un plazo no mayor a 5 días laborables de recibida la factura, de tal manera que el proveedor pueda considerarlos dentro de su declaración de impuestos de ese mes, de acuerdo con el calendario establecido para su presentación. En caso de no entregarlos, el cliente puede ser sancionado por el SRI, con una multa que podría llegar a ser considerable.

 

Es importante conocer que los valores retenidos pueden ser recuperados por el proveedor, siempre y cuando el impuesto que le fue retenido sea superior al causado, luego de efectuar el trámite pertinente ante el SRI, de tal manera que se pueda obtener la devolución de los montos retenidos en exceso.

 

Están obligados a efectuar Retenciones en la Fuente a sus proveedores, todas las personas naturales o jurídicas designadas como Agentes de Retención por el SRI, mediante una notificación particular o resoluciones emitidas de manera general.

 

Estos Agentes de Retención deben cumplir sin excepción con la obligación de retener a sus proveedores, aplicando exclusivamente los porcentajes establecidos por el SRI para cada situación. En caso de no efectuar tales retenciones, o de aplicar estos porcentajes incorrectamente, el SRI tiene la facultad de establecer sanciones al proveedor que van desde asumir los montos que debieron haber sido retenidos, hasta el reconocimiento de intereses y multas por incumplimiento o retraso en la declaración de tales impuestos.

 

La acción de retener a sus proveedores, pero no transferir los valores retenidos al SRI, se constituye en una defraudación tributaria, que puede llegar recibir hasta una pena privativa de la libertad, dependiendo del monto de la defraudación.

 

Existen dos Tipos de Retenciones en la Fuente:

 

  1. De Impuesto a la Renta, que se calcula a partir del Subtotal de una factura;
  2. De IVA, que se calcula a partir del valor del IVA calculado en la misma factura.

 

En ambos casos, las retenciones se calculan mediante porcentajes establecidos por el SRI, de aplicación obligatoria dependiendo del tipo de transacción y del contribuyente que realiza la retención. Es decir, que el cliente no puede aplicar estos porcentajes a conveniencia suya ni la del proveedor, sino que necesariamente deben ajustarse a las disposiciones que el SRI emite para su ejecución.

 

Si bien la correcta aplicación de los porcentajes de retención depende de un conocimiento adecuado de la normativa tributaria, ponemos a su disposición aplicaciones que le ayudarán con el cálculo y llenado de sus Facturas y Comprobantes de Retención, de acuerdo con su necesidad y situación particular:

Si tiene alguna duda con relación a este tema, estaremos pendientes de sus comentarios.

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